Esta mañana iba por la autovia y me tenia q salir al carril de la derecha para coger una salida, vamos... el tema es q se pareo a mi derecha un hijoputa q viendome q llevaba la intermitencia derecha...el pavo en vez de decelerar o pisarle mas.... se quedaba todo el rato a mi vera... asi q frene , pero el tio se quedadaba mi lado....cerrandome.
acelere y le pase a el y a otro q tenia delante lo suficientemente cerca como para no poder meterme...
justo cuando consigo entrar en el carril de salida.... veo q esta la guarida chivile a en el arcen...supongo que no es nada, ni lo será

pero ahora seria uno de esos momentos tan malos, y tan mios, en los que una multa me fundiria...
a colacion de esto , recibi un reenvio esta mañana sobre temas de multas de trafico...q si bien , no se si sera todo verdad, puede servir como guia para cuando alguno palmeis una multade trafico. Como un amigo este findesemana, q iba discutiendo con la arpia de la novia...se salto tres semaforos, le dieron el alto, le hicieron soplar y 0,48

. Le perdonaron los semaforos, 4 puntos y 600 pavos de multa.
y yo hizo la semana pasada un año de mi alcoholemia....

luego he tenido la supersuerte de q no me pararan en 3 controles yendo bien cocidito! nunca mas
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¿Cómo recurrir una multa de tráfico?
Las multas se han convertido en la pesadilla de los españoles. Casi todos los conductores han recibido una carta que contiene una multa, o peor aún, el embargo de sus cuentas por no pagar una multa que desconocía. He aquí una pequeña guía para lidiar con esa pesadilla.
- Me han enviado una carta de la Agencia Tributaria que me notifica el embargo de mis cuentas si no pago una multa. Pero no sé de qué multa están hablando. ¿Qué hago?
Lo que ha sucedido es que meses atrás, el cartero intentó llevarte un sobre de la Dirección General de Tráfico a su domicilio, pero la dirección estaba incompleta, de modo que el cartero no te encontró y devolvió el sobre. Y así varias veces. Cada vez que la carta era devuelta, la multa se multiplicaba. Y al final, la Dirección General de Tráfico pasó la información a la Agencia Tributaria, para que procediera al embargo de tu cuenta, pero sólo la cantidad adeudada. Antes lo publicó en el Boletín Oficial del estado, para que constara el aviso público.
Puedes hacer dos cosas: acercarte a la Agencia Tributaria y pagar, o presentar un recurso diciendo que no te han avisado a tiempo.
- ¿Por qué la dirección de Tráfico no tiene mi dirección?
Según la ley de Protección de Datos, la dirección de Tráfico no puede obtener sus datos personales de otro organismo. Lo cual te perjudica en caso de una multa. Tienes que ir a la Dirección de Tráfico y darles los datos que les faltan.
- ¿Cómo saber si uno está multado por Tráfico?
Como nadie se pone a consultar todos los días el Boletín Oficial, te puedes dar de alta en servicios privados que, por una cantidad muy pequeña, te envían un sms alertando de que has salido en el BOE. Hay páginas webs que te ofrecen la defensa jurídica y las oportunas protestas ante la administración.
- ¿Qué pasa si me niego a aceptar la carta de notificación del cartero?
Da lo mismo. Se entenderá que no la has querido aceptar, y el cartero dará constancia de ello. El procedimiento de multa seguirá su curso porque hay una notificación “fehaciente”. Para recurrir, tienes que demostrar que esa carta nunca te ha llegado, ni ha sido firmado el aviso por nadie en tu lugar.
- ¿Y si no he sido yo sino el portero quien ha firmado el acuse de recibo?
Pues que se entiende que te han notificado que tienes una multa. Si no quieres que nadie excepto tú acuse el recibo de una multa, tienes que avisar a tu portero que no firme nada.
- ¿Puedo reclamar multas de la ORA?
Por supuesto. Puedes alegar que no había ningún aviso de infracción porque ese día hacía mucho viento y voló el aviso; o porque te robaron el papel; o porque el controlador no se fijó bien en el ticket que habías pagado (en este caso, tendrás que adjuntar copia del ticket).
- ¿Son legales las multas que imponen los controladores?
Si el ayuntamiento les ha investido con ese poder, sí es legal: estarían considerados “agentes de la autoridad”, lo que les permite imponer multas basadas en su palabra, en su veracidad. Pero en los municipios donde no se les haya dado ese poder, tienen que ratificar el aviso de multa con un agente autorizado (Guardia Civil, Policía Nacional Municipal…), y aquí es donde puedes apoyarte para recurrir. ¿Está ese aviso de multa apoyado por la firma de un agente autorizado?
- ¿Qué pasa si me niego a firmar una multa que me ponen en la carretera?
Puedes negarte si crees que es injusta. Porque en el momento en que firmes la multa, das por hecho que estás de acuerdo y entra en periodo ejecutivo de cobro. Si no pagas, te embargan esa cantidad en tu cuenta corriente. Ahora bien, si no firmas, los agentes de Tráfico apuntarán tus razones. Entras en el periodo judicial. Puedes seguir recurriendo.
- ¿Hay algún plazo límite para que me notifiquen una multa?
Dos meses desde que se produjo el motivo de la multa. Si en dos meses no has recibido notificación fehaciente (ojo a las cartas y al portero), puedes estar más tranquilo. Si recibes una multa a partir de esa fecha, y puedes demostrar que es la primera vez que te lo notifican, puedes recurrir y ganar.
- ¿Supongamos que pago la multa con descuento, ¿puedo protestar?
Si te has se ha acogido al descuento por pagar pronto, se entiende resuelta la multa y ya no puedes protestar. Pero puedes recurrir al Tribunal Económico-Administrativo, lo cual supone movilizar a abogados y más gastos para ti.
-¿Me pueden poner dos multas el mismo día en el mismo sitio por la misma infracción?
No te pueden poner dos multas en el mismo día, pero siempre que se trate de estacionamientos en dobles filas, zonas de carga y descarga o no autorizadas.
- ¿Dónde puedo encontrar modelos para recurrir una multa?
En internet. Basta con que pongas “modelos multas” y te saldrán un montón.
- ¿Qué plazo tengo?
En general, tienes 15 días para protestar. La administración está obligada a escucharte porque no puede presentar ella sola sus pruebas para ponerte una multa. Si te molestas en protestar, al cabo de varios años te ahorrarás mucho dinero.
- ¿En qué plazo me debe contestar la administración?
En seis meses desde que te llegó la multa. Pasada esa fecha, si te llega de nuevo esa multa, vuelve a recurrir y casi con toda seguridad ganarás ya que la administración no ha sido diligente.
- ¿Y si llega dentro del plazo la sanción definitiva?
Puedes volver a recurrir. La administración espera que te canses ya que mucha gente paga multas para no “perder tiempo”. Todo depende de lo injusta que tú crees que haya sido la sanción. Si es así, ármate de paciencia y recurre. Pero ten en cuenta ahora que entras en un proceso contencioso-administrativo con el Estado. Si pierdes el caso, tendrás que pagar las costas del Estado, además de las de tu propio abogado.
- ¿Dónde puedo presentar mis recursos?
En la multa te dice dónde las puedes presentar. También puedes hacerlo por correo, pero hazlo en una oficina donde te puedan sellar los papeles. Tienes que ir con el original de la multa, una copia y tus alegaciones. Ten el sobre abierto: antes de enviarlo, pide al funcionario que te selle todo, incluso la copia que te vas a quedar como prueba.
- ¿Qué webs que me interesa conocer?
Hay muchas. En algunas de ellas te avisan si tu nombre ha salido en el BOE. Otras te ayudan a recurrir. El coste es pequeño si consideras que una multa no recurrida o pagada fuera de plazo, es muy cara.

mira como hacen el tonto los hijosdeputa